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MEDIDAS PARA EMPRENDEDORES

El pasado sábado 28 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

La norma atiende especialmente a los jóvenes empresarios y se justifica en la situación dramática durante la crisis, habiendo el número de empresarios de 15 a 39 años registrado una caída de más del 30 por ciento desde 2007 a 2012.


CIERRE 3ER TRIMESTRE EJERCICIO 2013

Por medio de la presente le recordamos los vencimientos, más comunes, correspondientes a 

TERCER TRIMESTRE Y/O MES DE SEPTIEMBRE, EJERCICIO 2013:

Mod. 415. Declaración anual de operaciones IGIC

Con motivo de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, hoy 5 de marzo, entra en vigor resolución de la Dirección General de Tributos por la que se aprueba el nuevo modelo 415 de declaración anual de operaciones económicas con terceras personas IGIC. Como novedad se modifica el anterior modelo, aprobado por Orden de 28 de febrero de 2006, con la finalidad de que la información a suministrar, referida al ejercicio 2012, se DESGLOSE TRIMESTRALMENTE, tal y como se venía exigiendo en las declaraciones Mod. 347, presentadas a la AEAT.

Información en materia de bienes y derechos situados en el extranjero

La Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude introduce a través de la disposición adicional decimoctava de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, una nueva obligación específica de información en materia de bienes y derechos situados en el extranjero que, en concreto, se materializa en la obligación de informar a cerca de:

Impuesto Sobre el Valor de la Energía Eléctrica

A partir del día 1 de enero del 2013, entra en vigor el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica.

Se trata de un nuevo impuesto que tiene por objeto la producción e incorporación, al sistema eléctrico, de energía eléctrica medida en “barras de central” (BC) definida esta como “la energía medida en bornes de alternador minorada en los consumos auxiliares en generación y en las pérdidas hasta el punto de conexión a la red” por ello, la Base Imponible del Impuesto estará constituida por el importe total que corresponda percibir al contribuyente por la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica, medida en barras de central, por cada instalación en el periodo impositivo (normalmente año natural) a dicha Base Imponible se le aplicará el tipo impositivo del 7 por 100 que se autoliquidará dentro del mes de noviembre posterior al devengo del impuesto, es decir, la primera liquidación se producirá durante el mes de NOVIEMBRE DEL AÑO 2014.